
La formación programada (formación bonificada) para la empresas es una de las iniciativas de formación profesional para el empleo, según el Real Decreto 4/2015, de 22 de marzo, en el ámbito laboral dirigidas la adquisición, mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales, favoreciendo la formación a lo largo de toda la vida de la población activa, con el fin de que obtengan los conocimientos y prácticas más adecuados a los requerimientos que en cada momento precisen las empresas, y permita compatibilizar su mayor competitividad con la mejora de la capacitación profesional y promoción individual del trabajador.
Al mismo tiempo, prospera la productividad de la empresa, al actualizar y optimizar los trabajadores su cualificación profesional; de este modo, las empresas mejoran su competitividad, ya que esta formación favorece que la empresa se adapte a los cambios del mercado, además de promover el desarrollo profesional y personal de tales trabajadores.
Todas las empresas que cotizan por la formación profesional disponen de una cuantía (crédito de formación) para bonificar la formación que realicen sus trabajadores anualmente, y una vez realizada la formación, el gasto será deducido mediante las cotizaciones a la Seguridad Social, por lo tanto es gratuito para las empresas
El organismo encargado de la gestión de la bonificación es la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo: www.fundaciontripartita.org
Para poder disfrutar de estas bonificaciones se requiere:
- Obtener la conformidad previa de la representación legal de los trabajadores en los cursos realizados.
- Haber realizado la formación.
- Acreditar el pago de la misma.
- Estar al corriente de pago de cotización a la Seguridad Social.